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TEEH RESUELVE TRES RECURSOS INTERPUESTOS ANTE ESTE ORGANO JURISDICCIONAL

  • Redacción
  • 24 mar 2016
  • 2 Min. de lectura

Declararon los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo,

infundado e inoperante el juicio de apelación presentado por el ciudadano José Luis Arroyave Hernández, en su carácter de aspirante a candidato independiente por Huichapan.

Quien impugnó el acuerdo CG/RES/REV/001/2016 emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, el cual dio constancia de aspirante como candidato independiente por dicho ayuntamiento al ciudadano Humberto Endonio Salinas.

Durante sesión pública Javier Ramiro Lara Salinas, Magistrado ponente, manifestó que al analizar en el medio de impugnación, no se encontraron con claridad las razones y fundamentos que validaran la ilegalidad del acto reclamado por Arroyave Hernández.

Consideró que las afirmaciones exhibidas, eran subjetivas y carecían de sustento jurídico, explicó que a través del principio de máxima publicidad, el aspirante tuvo a su alcance la posibilidad de informarse respecto de los requisitos para acceder a las candidaturas independientes.

La Magistrada María Luisa Oviedo, comentó que el agraviado “sustenta su impugnación en hechos absolutamente subjetivos, apreciaciones de naturaleza subjetiva y sin ningún sustento material u objetivo, incluso hace manifestaciones basadas en su propia experiencia” por lo que voto a favor del proyecto.

En la misma sesión se desechó la demanda promovida por Gonzalo Trejo Amador, militante del Partido Acción Nacional, quien impugnó la omisión de emitir la convocatorio al proceso de selección de candidatos para la elección de ayuntamiento del municipio de Mineral de la Reforma.

Sin embargo, el Magistrado ponente Jesús Raciel García Ramírez, al hacer un análisis encontró que la convocatoria se publicó en medios electrónicos y se remitieron copias certificadas, por lo que declaró inexistente el agravio presentado.

De forma , se desechó el expediente TEEH-JDC-013/2016, promovido por María Gabriela Lugo Mejía y Martín Camargo Hernández, ya que no agotaron sus recursos interpartidistas, inobservando el principio de definitividad por lo cual el recurso interpuesto se remitió la demanda a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA.

¡Bien! Mensaje recibido

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