TEEH SIENTA PRECEDENTE A NIVEL NACIONAL EN PROTECCIÓN A DERECHO DE LOS JÓVENES
- circulopoliticohid
- 8 abr 2016
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Revocó el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, el primer punto del acuerdo CG/032/2016 emitido por el pleno del Consejo General del IEEH, en el cual se establecían los lineamientos que debían observar los partidos políticos, coaliciones y las candidaturas independientes.
A fin de que se diera cumplimiento al registro de ciudadanos no mayores a veintinueve años en la integración de planillas para contender por los Ayuntamientos en el Proceso Electoral Local 2015-2016.
En un estudio de fondo y preponderando el derecho de los jóvenes al acceso a poder, la magistrada ponente María Luisa Oviedo Quezada, explicó que al considerar la planilla como un todo y conforme a la Ley, se debe incluir a los ciudadanos menores de veintinueve años dentro de los cuatro primeros lugares de la planilla.
Por lo tanto declaró fundados y operantes los agravios presentados por Cipriano Paredes Rubio y Eduardo Soto Ramírez, representantes del partido político nacional MORENA.
De esta manera la magistrada ponente realizó un estudio de las convenciones, tratados y pactos internacionales de las que México es parte de la constitución federal y local.
Así como de la ley sustantiva con la finalidad de “promover una igualdad sustancial entre los miembros de la sociedad y los grupos a los cuales pertenecen, mediante la remoción de los obstáculos que históricamente impedían su desarrollo, abriendo nuevas oportunidades y facilitando el ejercicio de sus derechos” .
Esta resolución marca un precedente a nivel nacional, al no haber sido presentado con anterioridad en ningún otro órgano jurisdiccional en materia electoral, permitiendo el acceso de los jóvenes a mejores espacios de representación en los ayuntamientos.
En la misma sesión, los integrantes del pleno, votaron por unanimidad a favor de la resolución del expediente TEEH-JDC-019/2016, promovido por Lucio Vertiz Olmedo, en el cual se declaró la nulidad del proceso interno de selección a candidato por el ayuntamiento de Cuautepec de Hinojosa.
Al mismo tiempo que se revocó el resultado obtenido en el cómputo de la elección interna, ya que la Comisión Organizadora Electoral Estatal de Hidalgo del Partido Acción Nacional, omitió insertar la foto del impugnante en las boletas usadas para la elección interna a pesar de que con anticipación se había presentado el archivo que contenía dicha imagen.
Asimismo se resolvió el expediente TEEH-JDC-020/2016, que se desechó de plano ya que el acto impugnado por Isidro Alamilla López, quedó sin materia al obtener una respuesta de la autoridad responsable.