SOLICITUD DE CORRECCIÓN PATRONAL, OPCIÓN PARA PONERSE AL CORRIENTE ANTE EL IMSS
- Redacción
- 5 ago 2016
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Los patrones que detecten alguna omisión en el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pueden evitar sanciones y ponerse al corriente a través de la Solicitud de Corrección Patronal, informó el área de Afiliación Vigencia en la delegación Hidalgo.
El trámite se cataloga como Corrección Espontánea cuando es el patrón quien lo realiza de manera voluntaria al identificar alguna anomalía en el cumplimiento de sus obligaciones, como es el pago de alguna o varias aportaciones, o bien, Corrección por Invitación, cuando es el Instituto quien lo exhorta a ponerse al corriente.
Respecto a la Corrección Espontánea, el periodo a regularizar corresponderá al ejercicio fiscal inmediato anterior y el periodo transcurrido a la fecha de presentación de la solicitud; en el caso de la Corrección por Invitación del Instituto, el periodo a regularizar será por los dos últimos ejercicios fiscales, más el periodo transcurrido a la fecha de la notificación.
Tratándose de patrones de la industria de la construcción, estos podrán optar por regularizarse, por cada una de sus obras o por ejercicio fiscal.
El trámite se realiza en la Subdelegación del IMSS que controle el registro patronal o en caso de solicitar corregirse por la totalidad de sus registros patronales, en la que controle el registro correspondiente al domicilio fiscal, de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas.
Debe presentar la solicitud para adherirse al programa de corrección a través del formato “CORP-01 Solicitud de Corrección Patronal”; la Tarjeta de Identificación Patronal (TIP) , en original; identificación oficial del patrón o representante legal, en original; la escritura constitutiva incluyendo sus reformas (persona moral); el poder notarial del representante legal, otorgado por el patrón o sujeto obligado y el aviso de cambio de domicilio, en su caso.
Asimismo, se puede realizar el procedimiento a través de Irternet (www.imss.gob.mx) al ingresar al Escritorio Virtual, para lo que se necesita tener a la mano la Clave Única de Registro de Población (CURP), los archivos “.key”, “.cer” y la contraseña de la clave privada de la FIEL (antes Firma Electrónica).
La Subdelegación dará respuesta al solicitante en un plazo máximo de quince días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud, en caso de no hacerlo así, se entenderá que dicha solicitud ha sido aceptada.